La burocratización de nuestra sociedad conlleva, como una de sus consecuencias inevitables, el aumento progresivo de la normativa regulatoria. En este entorno, el control de las actuaciones en el medio natural constituye, por su dispersión, un desafío para los entes públicos.
El Departamento Jurídico de Gestión Minera y Medioambiental aborda consultas relacionadas con la defensa de empresas y particulares en la apertura de procedimientos sancionadores aplicando pasos sencillos para el diseño eficaz de la estrategia de defensa:
- Análisis del Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos en relación con los hechos, atenuantes o eximentes que nos traslade el cliente.
- Vista del expediente administrativo ante el instructor del procedimiento.
- Propuesta de estrategia de defensa y oferta de actuación.
Con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la finalización del procedimiento, artículo 85, ha introducido como novedad la generalización de las reducciones por reconocimiento de la responsabilidad y el pago voluntario en la sanciones pecuniarias, ambas reducciones son acumulables pero están condicionadas al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa.
El cambio normativo impone la ponderación del Acuerdo de Inicio y la elaboración de los pliegos de descargos sin perder de vista la posibilidad de acogerse al régimen de reducciones.
Si recibe la siempre desagradable notificación de un Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos, en materia de sanciones en minas, industria, medioambiente o agricultura, consúltenos, estaremos a su disposición para ayudarle.